Feria Judicial Extraordinaria en el Poder Judicial de Salta desde hoy hasta el 11 de septiembre

De este modo, desde el 28 de agosto hasta las 12 del 1 de septiembre, se podrá solicitar electrónicamente la habilitación a feria de aquellos expedientes cuyas materias se encuentren previstas en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sin embargo, la Acordada 13175 establece que los jueces en feria podrán tramitar asuntos peticionados por mandatarios o letrados patrocinantes cuando consideren que las circunstancias del caso o las constancias justifiquen su tramitación, con arreglo a los principios de acceso a la jurisdicción y tutela judicial efectiva.
Durante esta etapa que sólo podrán concurrir presencialmente a Ciudad Judicial los tribunales y juzgados de turno y aquellos autorizados expresamente por la Corte de Justicia. El resto de los jueces, funcionarios y empleados continuarán trabajando en forma remota para lo cual se dispuso que permanezcan en sus hogares con disponibilidad para atender teléfonos ante cualquier emergencia.